Disposiciones Preliminares.
1. El presente Reglamento es aplicable a todas las disciplinas del Ciclismo de Montaña fiscalizadas por la FACIMO..
2. El reglamento de la Unión Ciclista Internacional (UCI), entidad madre, será aplicado en forma supletoria al reglamento FACIMO. Se aplicará el reglamento general de la FACIMO emitido en el año 2013 a todas las disposiciones que no se modifiquen en la reglamentación 2014 V 1.0.
3. Una disposición especial del reglamento deroga una disposición general con la que esta sea incompatible.
4. La participación en las pruebas Ciclísticas Fiscalizadas por la FACIMO conlleva al participante a declarar el conocimiento y aceptación de todas las disposiciones reglamentarias que le sean aplicables.
5. La Federación no podrá ser considerada responsable de las infracciones a la ley cometidas en relación al deporte del ciclismo, incluso si se invocara el reglamento para justificar tales infracciones.
1. El presente Reglamento es aplicable a todas las disciplinas del Ciclismo de Montaña fiscalizadas por la FACIMO..
2. El reglamento de la Unión Ciclista Internacional (UCI), entidad madre, será aplicado en forma supletoria al reglamento FACIMO. Se aplicará el reglamento general de la FACIMO emitido en el año 2013 a todas las disposiciones que no se modifiquen en la reglamentación 2014 V 1.0.
3. Una disposición especial del reglamento deroga una disposición general con la que esta sea incompatible.
4. La participación en las pruebas Ciclísticas Fiscalizadas por la FACIMO conlleva al participante a declarar el conocimiento y aceptación de todas las disposiciones reglamentarias que le sean aplicables.
5. La Federación no podrá ser considerada responsable de las infracciones a la ley cometidas en relación al deporte del ciclismo, incluso si se invocara el reglamento para justificar tales infracciones.
DE LO ORGANIZATIVO E INSTITUCIONAL
1. La Federación Argentina de Ciclismo de Montaña, en adelante F.A.Ci.Mo., esta autorizada a funcionar como Persona Jurídica por Resolución I.G.J. No 590 del 17/03/2004.
2. Juntos a la F.A.B. Federación Argentina de Bici Cross y a la F.A.C.P.yR. Federación Argentina de Ciclismo de Pista y Ruta, forman la U.C.R.A la Unión Ciclista de la Republica Argentina.
3. Los Objetivos de la FACiMo son los estipulados en el Capitulo III Articulo 4 de los estatutos.
4. Al Capitulo VI del Estatuto, de los asociados, y a fin de incrementar y mejorar los objetivos de la FACiMo se agrega y modifica: “Las regiones constituidas actualmente se podrán dividir por provincias, formando cada una de ellas una sub-región. Tendrán que funcionar por un periodo no menor a 2 (dos) años, para luego, si cumplen las exigencias estipuladas por la FACiMo, constituirse en Región con VOZ y VOTO en las Asambleas y VOZ y VOTO en la Reunión de Delegados. A su vez la provincia de Buenos Aires, por su tamaño y geografía, está aprobada para dividirse en Sub-Regiones por localidades.
5. Una vez constituidas las Sub-Regiones solo tendrán VOZ en las Asambleas y VOZ y VOTO en la Reunión de Delegados hasta constituirse como Regional.
6. Las Regionales y Sub-Regionales deberán disputar 3 (tres) competencias de XCO por año como mínimo y para el año 2014 se estipula el pago de un Canon por derechos de $1000.00 a la FACiMo, venciendo el mismo el 30 de Abril del corriente año. Caso contrario pierden sus derechos como Regional o Sub-Regional por el año del incumplimiento.
7. Los corredores para participar en las competencias Regionales deben tener LICENCIA de FACiMo, al igual que los dirigentes, comisarios deportivos, cronometristas y todos aquellos que asuman un rol dentro de la Federación y competencia.
1. La Federación Argentina de Ciclismo de Montaña, en adelante F.A.Ci.Mo., esta autorizada a funcionar como Persona Jurídica por Resolución I.G.J. No 590 del 17/03/2004.
2. Juntos a la F.A.B. Federación Argentina de Bici Cross y a la F.A.C.P.yR. Federación Argentina de Ciclismo de Pista y Ruta, forman la U.C.R.A la Unión Ciclista de la Republica Argentina.
3. Los Objetivos de la FACiMo son los estipulados en el Capitulo III Articulo 4 de los estatutos.
4. Al Capitulo VI del Estatuto, de los asociados, y a fin de incrementar y mejorar los objetivos de la FACiMo se agrega y modifica: “Las regiones constituidas actualmente se podrán dividir por provincias, formando cada una de ellas una sub-región. Tendrán que funcionar por un periodo no menor a 2 (dos) años, para luego, si cumplen las exigencias estipuladas por la FACiMo, constituirse en Región con VOZ y VOTO en las Asambleas y VOZ y VOTO en la Reunión de Delegados. A su vez la provincia de Buenos Aires, por su tamaño y geografía, está aprobada para dividirse en Sub-Regiones por localidades.
5. Una vez constituidas las Sub-Regiones solo tendrán VOZ en las Asambleas y VOZ y VOTO en la Reunión de Delegados hasta constituirse como Regional.
6. Las Regionales y Sub-Regionales deberán disputar 3 (tres) competencias de XCO por año como mínimo y para el año 2014 se estipula el pago de un Canon por derechos de $1000.00 a la FACiMo, venciendo el mismo el 30 de Abril del corriente año. Caso contrario pierden sus derechos como Regional o Sub-Regional por el año del incumplimiento.
7. Los corredores para participar en las competencias Regionales deben tener LICENCIA de FACiMo, al igual que los dirigentes, comisarios deportivos, cronometristas y todos aquellos que asuman un rol dentro de la Federación y competencia.
De los Campeonatos, Abierto Argentino, Copas y demás Competencias.
Campeonato Argentino.
1. XCO y DHI a una sola fecha (Campeonatos Argentinos).
Requisitos para poder participar:
Licencia FACiMo del corriente año (no podrán ser coronados Campeones con licencias de otras Federaciones, solo podrán participar).
- Ser Argentino Nativo.
- Participar de 2 (dos) fechas en cualquier Regional del País (No aplicable al DHI).
- Aquellos bikers que en su región no se realicen competencias regionales y la competencia regional más cercana este a más de 500 km no será alcanzado por la clausula de participar en al menos 2 (dos) fechas regionales en cualquier regional del país.
- Aquellos bikers que participen en Fechas o Campeonato Internacionales se considera cumplica la obligación de participar en al menos 2 (dos) fechas en cualquier regional del país.
2. Otras Especialidades: Rural, Rural o Rally por parejas, Rally Maratón, XCE, etc.
- Deben tener Licencias de la FACiMo del corriente año.
- Ser de Nacionalidad Argentina para ser coronados Campeones.
- Pueden participar Extranjeros, estos participan por el premio de la competencia, no suman puntos en el ranking FACIMO ni se coronan campeones.
Campeonato Argentino.
1. XCO y DHI a una sola fecha (Campeonatos Argentinos).
Requisitos para poder participar:
Licencia FACiMo del corriente año (no podrán ser coronados Campeones con licencias de otras Federaciones, solo podrán participar).
- Ser Argentino Nativo.
- Participar de 2 (dos) fechas en cualquier Regional del País (No aplicable al DHI).
- Aquellos bikers que en su región no se realicen competencias regionales y la competencia regional más cercana este a más de 500 km no será alcanzado por la clausula de participar en al menos 2 (dos) fechas regionales en cualquier regional del país.
- Aquellos bikers que participen en Fechas o Campeonato Internacionales se considera cumplica la obligación de participar en al menos 2 (dos) fechas en cualquier regional del país.
2. Otras Especialidades: Rural, Rural o Rally por parejas, Rally Maratón, XCE, etc.
- Deben tener Licencias de la FACiMo del corriente año.
- Ser de Nacionalidad Argentina para ser coronados Campeones.
- Pueden participar Extranjeros, estos participan por el premio de la competencia, no suman puntos en el ranking FACIMO ni se coronan campeones.
Abierto Argentino XCO, Rural, Rally.
- Podrán participar Extranjeros y Coronarse Campeones.
- Se disputaran a 4 (cuatro) fechas.
- Tendrán una fecha de descarte para el ranking y no suman puntos por presentismo.
- Para ser coronados Campeones deberán haber participado en + del 50% de las Competencias del Abierto Argentino, como mínimo.
- Podrán participar Extranjeros y Coronarse Campeones.
- Se disputaran a 4 (cuatro) fechas.
- Tendrán una fecha de descarte para el ranking y no suman puntos por presentismo.
- Para ser coronados Campeones deberán haber participado en + del 50% de las Competencias del Abierto Argentino, como mínimo.
De las competencias privadas.
Cualquiera sea su denominación, La Fiscalización corre por cuenta Exclusiva de La Federación Argentina de Ciclismo de Montaña, quien podrá designar expresamente Comisario Deportivo o algún miembro delegado para tal fin. En caso de incumplimiento a esta NORMA, se hace reserva de los Derechos Legales, que nos pudieran corresponder.
Cualquiera sea su denominación, La Fiscalización corre por cuenta Exclusiva de La Federación Argentina de Ciclismo de Montaña, quien podrá designar expresamente Comisario Deportivo o algún miembro delegado para tal fin. En caso de incumplimiento a esta NORMA, se hace reserva de los Derechos Legales, que nos pudieran corresponder.
De las categorías de Edad Temprana. Particularidades.
Es obligación la Licencia Deportiva FACiMo para poder participar.
Los rodados para las carreras son libres.
Desde Promesas a Infantiles A incluidas tendrán un circuito especial y la Categoría Infantiles B correrán una vuelta al circuito principal.
Es obligación la Licencia Deportiva FACiMo para poder participar.
Los rodados para las carreras son libres.
Desde Promesas a Infantiles A incluidas tendrán un circuito especial y la Categoría Infantiles B correrán una vuelta al circuito principal.
De las categorías.
Todas las categorías se dividen en Damas y Varones.
Para conformar y coronar una categoría debe haber como mínimo 5(cinco) participantes en la misma categoria por carrera, caso contrario tienen la opción de formar parte de la categoría superior mas competitiva no pudiendose coronar su categoría ni considerar su participación para el ranking general de los campeonatos.
Todas las categorías se dividen en Damas y Varones.
Para conformar y coronar una categoría debe haber como mínimo 5(cinco) participantes en la misma categoria por carrera, caso contrario tienen la opción de formar parte de la categoría superior mas competitiva no pudiendose coronar su categoría ni considerar su participación para el ranking general de los campeonatos.
Reglamento.
1. Organización General del Deporte.
2. Disposiciones Generales.
3. Institucional.
4. Asociaciones Regionales y/o Sub Regiones.
5. Calendario de Pruebas.
6. Campeonatos, Copas y Competencias Nacionales.
7. Competiciones Regionales y Sub Regionales.
8. Licenciamiento.
9. Seguro.
10. Categorias.
11. Edad Temprana.
12. Equipos inscriptos en la Federación.
13. Costos y canones de las competencias.
14. Inscripciones.
15. Ranking Nacional.
16. Puntaje de los Campeonatos.
17. Delegado Institucional Facimo.
18. Equipamiento.
19. Vestimenta.
2. Disposiciones Generales.
3. Institucional.
4. Asociaciones Regionales y/o Sub Regiones.
5. Calendario de Pruebas.
6. Campeonatos, Copas y Competencias Nacionales.
7. Competiciones Regionales y Sub Regionales.
8. Licenciamiento.
9. Seguro.
10. Categorias.
11. Edad Temprana.
12. Equipos inscriptos en la Federación.
13. Costos y canones de las competencias.
14. Inscripciones.
15. Ranking Nacional.
16. Puntaje de los Campeonatos.
17. Delegado Institucional Facimo.
18. Equipamiento.
19. Vestimenta.
Reglamentaciones Técnicas por Modalidad.
Pruebas de Mountain Bike: XC (XCO, XCM, XCE, XCP, XCC), DH, RB (rural bike), MC (Marchas Cicloturisticas), EN (Enduro), RS (Pruebas de Resistencia).
Pruebas de Mountain Bike: XC (XCO, XCM, XCE, XCP, XCC), DH, RB (rural bike), MC (Marchas Cicloturisticas), EN (Enduro), RS (Pruebas de Resistencia).
1. Desarrollo de Competencias.
2. Organizadores.
3. Circuitos.
4. Orden de Salida.
5. Reparaciones.
6. Avituallamiento.
7. Sistema de Computos.
8. Identificacion.
9. Premios.
10.Protocolo.
11. Seguridad.
2. Organizadores.
3. Circuitos.
4. Orden de Salida.
5. Reparaciones.
6. Avituallamiento.
7. Sistema de Computos.
8. Identificacion.
9. Premios.
10.Protocolo.
11. Seguridad.
1. Procedimiento y Disciplina.
2. Obligaciones del Corredor.
3. Reclamos.
4. Sanciones.
2. Obligaciones del Corredor.
3. Reclamos.
4. Sanciones.
Antidoping.
ESCRITO POR JOEL ELSENER
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